El examen oclusal y de la articulación temporomandibular precede a cualquier procedimiento restaurador que modifique la relación entre arcadas, y su omisión constituye una de las causas más frecuentes de fracaso funcional.
Contenido del examen
Comprende el registro de la relación céntrica y de la máxima intercuspidación, la identificación de interferencias en lateralidad y protrusión, la valoración del rango de apertura y de las desviaciones del recorrido mandibular.
Se completa con la palpación de la musculatura masticatoria y de los polos articulares, y con el registro de ruidos articulares y su momento de aparición durante el ciclo.
Relevancia para el plan de tratamiento
La modificación de la guía anterior mediante restauraciones altera la desoclusión posterior. Si el esquema resultante no se diseña deliberadamente, las cargas se redistribuyen de forma no controlada.
En rehabilitaciones que implican modificación de la dimensión vertical, el registro debe efectuarse en relación céntrica y validarse mediante provisionales durante un periodo suficiente.
Patología articular preexistente
La presencia de desplazamiento discal o de signos degenerativos no contraindica el tratamiento restaurador, pero exige estabilización previa y modifica la secuencia terapéutica.
Iniciar una rehabilitación extensa sobre una articulación sintomática sin estabilización previa compromete la validez del registro obtenido.
La oclusión determina si el resultado se mantiene en el tiempo. Su evaluación no es una fase opcional del diagnóstico sino la que condiciona todas las decisiones posteriores.
Para evaluar la indicación de este procedimiento en su caso particular, le invitamos a solicitar una valoración clínica.





